El Distrito de Tetuán (Madrid)
convoca el VIII Certamen Literario “Leopoldo de Luis” de poesía y relato
corto. La convocatoria de este Certamen tiene una doble finalidad, la de ayudar
en su carrera a poetas y escritores, especialmente a los noveles, y la
intención de ofrecer a los diversos sectores de población que conforman el
Distrito una rica programación de actividades culturales. Un certamen de
literatura dedicado a la poesía y la narración constituye un motivo de
alegría para el mundo literario en particular y para el ámbito cultural en
general. Con el desarrollo de este Certamen, se intenta llevar a cabo una
apuesta decidida por la expresión y creación artística, que pretende
fomentar el desarrollo cultural, en concreto la expresión literaria-poética
de toda la población.
Las modalidades objeto de la
convocatoria son: poesía y relato corto. El órgano instructor es el Gerente
del Distrito.
BASES GENERALES
1. Se convoca el Certamen Literario
“Leopoldo de Luis”, en las siguientes modalidades: poesía y relato corto.
2. Podrán presentarse al Certamen,
en cualquiera de las modalidades, todas las personas mayores de 16 años,
residentes en España.
3. Cada modalidad (poesía y relato
corto) tendrá dos premios: uno para todos los participantes y otro específico
para los autores residentes en el Distrito de Tetuán mayores de 18 años.
También existirá un único premio para cualquiera de las modalidades (poesía
y relato corto) para mayores de 16 años (cumplidos a la fecha de finalización
del plazo de presentación de las obras) y menores de 18 años, residentes en
el Distrito.
Los residentes en el distrito de
Tetuán (Madrid) deberán indicarlo en la plica.
4. El plazo de presentación de las
obras comenzará al día siguiente de la publicación de estas Bases en el
Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y finalizará el día 20 de abril
de 2016 inclusive.
5. Las obras se presentarán en
castellano y deberán ser originales e inéditas.
6. Las características técnicas de
la obra a presentar en cada una de las dos modalidades se establecen de la
siguiente forma:
a. Poesía
i. Máximo 200
versos.
ii. Mínimo de 10
poemas.
iii. Metro libre
y rima o verso libre. iv. Tema libre.
b. Relato Corto
i. Entre 5 y 15
páginas.
ii. Tema libre.
iii. Cuerpo de
letra: 12 puntos. iv. Interlineado: 1,5 o 18 puntos.
7. Los trabajos deberán entregarse
por triplicado, bajo seudónimo, indicando el título de la obra y la modalidad
a la que concursa en el encabezado o portada. Además se incluirá un sobre
cerrado (plica), indicando en el exterior el seudónimo, título y modalidad a
la que concursa, además de “Residente en el Distrito de Tetuán”, si procede.
En su interior se facilitarán los siguientes datos:
a. Nombre y
apellidos.
b. Dirección
postal completa.
c. Teléfono de
contacto.
d. Correo
electrónico.
e. Fotocopia DNI.
f. Breve
currículum.
La ausencia de datos o su
inexactitud puede dar lugar, en su caso, a la exclusión de la obra.
8. Las obras deberán enviarse a:
Distrito de Tetuán. Unidad de
Actividades Culturales, Formativas y Deportivas.
C/ Simancas, 6.
28029 Madrid.
9. Se establecen los siguientes
premios:
a. Poesía:
i. Premio Poesía
“Leopoldo de Luis”, con una dotación económica de 1.500 € y Diploma.
ii. Accésit
Poesía, con una dotación económica de 400 € y Diploma, a la mejor obra de
autor residente en el distrito de Tetuán.
b. Relato Corto:
i. Premio Relato
Corto “Leopoldo de Luis”, con una dotación económica de 1.400 € y Diploma.
ii. Accésit
Relato Corto, con una dotación económica de 400 € y Diploma, a la mejor obra
de autor residente en el distrito de Tetuán.
c. Poesía o Relato Corto:
i. Accésit de
Poesía o Relato Corto, con una dotación económica de 300 € y Diploma, a la
mejor obra de autor mayor de 16 y menor de 18 años, residente en el distrito
de Tetuán.
Los propuestos como premiados,
serán requeridos para que aporten:
1. Declaración
responsable haciendo constar, bajo su responsabilidad, que se encuentra al
corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, según
establece el artículo 24.7 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, en adelante RGS, y con el Ayuntamiento de
Madrid.
2. Declaración
responsable, haciendo constar, bajo su responsabilidad, que no se halla
incurso en
ninguna de las causas que impiden obtener la condición de beneficiario de
subvenciones públicas, según lo dispuesto en el artículo 13 de la LGS, y de
estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
3. Declaración
responsable haciendo constar, bajo su responsabilidad, que la entidad no tiene
pendiente de justificación, fuera de plazo, subvenciones otorgadas por el
Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos. Esta declaración se
presentará únicamente en el caso de que el propuesto como premiado, haya sido
beneficiario de subvenciones de convocatorias anteriores.
10. Publicación de las obras
premiadas y de las posibles menciones especiales del Jurado.
Será de aplicación a los premios
en metálico, la legislación vigente en materia de impuesto sobre la renta de
las personas físicas, a los efectos de aplicar los descuentos
correspondientes.
Para el cobro de los premios en
metálico los participantes de la presente edición, deberán estar al
corriente de sus obligaciones tributarias, de Seguridad Social, encontrarse al
corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento
de Madrid y hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de
subvenciones.
Asimismo, deberán acreditar con
anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión que se halla
al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, frente a la
Seguridad Social y al Ayuntamiento de Madrid, mediante certificado de Hacienda,
Seguridad Social y Ayuntamiento de Madrid.
No obstante, los participantes
autorizan al personal responsable de la Junta de Distrito de Tetuán, la
realización de oficio de cuantas actuaciones estime necesarias para la
determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los
cuales deba formularse la propuesta de resolución. (Consulta de oficio de las
bases de datos del Ayuntamiento de Madrid).
11. Los premios no podrán quedar
desiertos.
12. Los premiados y mencionados
ceden los derechos de explotación, reproducción, distribución y
comunicación pública, de su obra a concurso al Ayuntamiento de Madrid, en las
siguientes condiciones:
a. Premiados:
Publicación no
venal.
Duración de 5
años. Se extenderá a 15 años tan sólo en el caso de que se realice una
antología de obras premiadas en el Certamen.
Idioma
castellano.
Cesión en
exclusiva.
b. Mencionados:
Publicación no
venal.
Duración de 1
año.
Idioma
castellano.
La cesión no
implica exclusividad.
Se solicita la cesión del derecho
de comunicación pública, tan sólo con el objetivo de promocionar el Certamen
y la difusión de las obras ganadoras y mencionadas.
13. Las obras no premiadas serán
destruidas, no contemplándose la devolución de las mismas.
14. El jurado estará compuesto por
la Concejala-Presidenta del Distrito de Tetuán o persona en quien delegue, en
calidad de Presidenta y los siguientes vocales: un miembro designado por cada
uno de los grupos políticos con representación en la Junta Municipal, una
persona relevante en el ámbito literario y vinculados al mundo de la cultura y
tres personas designadas por la Concejala-Presidenta del Distrito. Actuará
como secretario, el Jefe de la Unidad de Actividades Culturales, Formativas y
Deportivas o funcionario en quien delegue. El fallo del jurado será
inapelable.
15. El fallo del Jurado, que será
inapelable, tendrá lugar en la primera quincena del mes de junio de 2016. El
fallo se comunicará a los premiados y será publicado en la página web del
Ayuntamiento de Madrid (www.madrid.es).
16. El acto de entrega de premios se
celebrará en noviembre de 2016. Será obligatorio que los premiados acudan al
acto de entrega de premios que se organizará a tal fin, en la fecha que
indique la organización del Certamen. La no asistencia, sin justificar, al
acto de entrega de premios supondrá la renuncia al mismo.
17. El jurado es el responsable de
la interpretación de las presentes bases, así como de la resolución de
cualquier incidencia no prevista en las mismas.
18. Asimismo, el Distrito de Tetuán
se reserva el derecho de hacer las modificaciones o tomar las iniciativas no
reguladas en las presentes bases, siempre que contribuyan al mayor éxito del
Certamen.
19. La participación en el Certamen
implica la total aceptación de las bases de esta convocatoria.
1 comentario:
ME PARECE EXCELENTE QUE LO AYUNTAMIENTOS SEAN DE DERECHAS, IZQUIERDAS O EXTRATERRESTES CONVOQUEN Y APOYEN ESTOS CONCURSOS SIEMPRE EN BENEFICIO DE LOS AUTORES Y DE LA CULTURA EN GENERAL.
GRACIAS
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